CUT: 21105-2024.
IMPUGNANTE: Mario Mendívil Pino.
ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.
MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador- Recursos hídricos.
SUBMATERIA: - Usar, represar o desviar agua sin autorización. - Construir o modificar obras sin autorización.
SUMILLA: El atenuante por reconocimiento no aplica cuando se expresan argumentos de defensa referidos a la inexistencia de la infracción.
MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 3 de los artículos 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literales a) y b) del artículo 277º de su reglamento.
SENTIDO: Infundado.
Sanción: 3.0 UIT - Grave.