SANCIONAR administrativamente a JTC INDUSTRIAL Y COMERCIAL S.R.L, con la sanción equivalente a CERO COMA CINCO (0,5) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS vigentes a la fecha de pago, por la comisión de las infracciones previstas en la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, artículo 120º numeral 3) “La ejecución (...) de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional” concordante con el literal b) del artículo 277° del Reglamento de la citada Ley, “Construir (...), sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias, en las fuentes naturales de agua, los bienes naturales asociados a esta (…)”.