Declarar, la Caducidad del Procedimiento Administrativo Sancionador, seguido contra la Empresa Prestadora de Servicios de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado de Abancay EPS EMUSAP ABANCAY S.A., por realizar vertimientos sin autorización, hacia la quebrada Ñacchero, conducta tipificada en numeral 9) del Artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal d) del artículo 277° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, modificado por Decreto Supremo Nº 023-2014-MINAGRI., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, disponiéndose su archivamiento definitivo.