R.D. N° 0232-2025-ANA-AAA.UV
Resumen
IMPONER sanción a la Municipalidad Distrital de Megantoni con RUC N° 20601625017, debidamente representado por el alcalde señor Esaú Ríos Sherigorompi, con una multa equivalente a DOS PUNTO UNO (2.1) Unidades Impositivas Tributarias – UIT vigente a la fecha en que se realice el pago, por “Construir, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, Un pozo tubular (P-10), ubicado en la en las coordenadas UTM WGS 84, 18L, 724017 E, 8703405 N, con una profundidad de 56m. aproximadamente y un diámetro de entubado de fierro de 6”, equipado con un sistema de bombeo, con una bomba sumergible accionado con energía eléctrica con un tablero de control (temporal) con una tubería de línea de conducción de 2” diámetro PVC”. Conducta que constituye infracción de conformidad a lo establecido en el numeral 3) del artículo 120º de la Ley Nº 29338, en concordancia con el literal b) del artículo 277º de su Reglamento, la misma que debe ser cancelada por el infractor en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la Resolución en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANAMULTAS, concepto multas por infracción, debiendo alcanzar una copia del Boucher de depósito a la Administración Local de Agua La Convención, dentro del tercer día de efectuado el mismo.

