Otorgamiento y Registro de Derechos de Uso de Agua

La Dirección de Administración de Recursos Hídricos tiene la responsabilidad de normar el otorgamiento y la formalización de derechos de usos de agua estableciendo los procedimientos y requisitos que orienten, tanto a los funcionarios como a los administrados, en el debido proceso obtener por parte del estado la seguridad jurídica sobre el empleo del agua, que garantice su uso continuo tanto para los fines poblacionales como productivos en concordancia con el desarrollo productivo e inclusivo que se viene dando en el país.

En lo que respecta al otorgamiento de derechos de usos de agua, se debe aseverar que se trata de un proceso dinámico cuyas metas a nivel nacional demandan grandes esfuerzos debido a la informalidad existente en la gestión del recurso hídrico. El proceso de formalización adquiere mayores dimensiones en los usos agrario y poblacional debido a la dispersión y cantidad de usuarios en los diversos sistemas hidráulicos, lo que agrava la situación resultando un aspecto relevante para el accionar de la Autoridad Nacional del Agua en la búsqueda de corregir el actual estado existente.

De un total de 2 576 100 hectáreas bajo riego según el último censo agrario, la formalización de derechos de usos de agua inscritos en el Registro Administrativo de Usos de Agua (RADA) a cargo de esta Dirección es de 700 217 hectáreas, que constituye el 28% del área bajo riego, con el volumen de agua por año de hasta 18 174 226 024 m³ (18 174 226 hm³). Queda por delante un gran reto debido a factores adversos, como son: la orografía diversa, los usuarios aún no organizados y en algunos casos,  la desconfianza en los usuarios, que trae como consecuencia el retraso de los procesos con la consiguiente afectación de sus propios derechos o intereses.

Por otro lado, en la formalización de usos de agua con fines poblacionales, de un universo de 24 419 centros poblados con 6 746 845 habitantes, se ha logrado formalizar los derechos de usos de agua con fines poblacionales en 1 105 centros poblados, lo que beneficia a 332 814 personas, que evidencia otro gran reto que se tiene por delante para lograr la inclusión social de esta población, lo que amerita replantear para el presente año metas y estrategias para lograr avances significativos, priorizando culminar la formalización a nivel de AAA, evidenciando gráfica y estadísticamente los logros que se van alcanzando.

La metodología que se caracteriza por ser masiva y gratuita, se continuará desarrollando en los sectores rurales del país con el objetivo de formalizar los derechos de uso de agua en bloque de las organizaciones de usuarios reconocidos, comunidades campesinas y nativas que emplean el agua con fines diversos, de manera pública, pacífica y continua. La metodología está orientada a:

  1. Inscribir los derechos de usos de agua que se otorguen en el Registro Administrativo de Derechos de Uso de Agua (RADA).
  2. Acreditar la disponibilidad hídrica para el desarrollo de pequeños proyectos de mejoramiento de sistemas de saneamiento y agrícolas.
  3. Promover el uso eficiente y sostenible del agua en el marco del modelo de gestión integrada de recursos hídricos contemplada en la Ley de Recursos Hídricos.
  4. Brindar seguridad jurídica a los usuarios de agua del sector agrario, poblacional y otros usos en su acceso al uso del recurso hídrico— en concordancia con el desarrollo productivo e inclusivo.

Como etapa posterior al otorgamiento de derechos de uso de agua en bloque de riego, se procederá a la entrega de los certificados nominativos que constituyen o representen la asignación proporcional de volúmenes de agua por predio del total asignado al bloque del cual forman parte.

Simultáneamente, la DARH viene actualizando el Registro Administrativo de Derechos de Usos de Agua (RADA) a nivel nacional, en base a la Directiva 011-2013-ANA-J-DARH, que establece las características del mismo, resaltando que forma parte del registro la copia escaneada de la resolución de otorgamiento de todos los usos emitidos por las catorce Autoridades Administrativas de Agua.

Se debe precisar que se viene implementando el D.S. 023-2014-MINAGRI; de la R.J. 007-2015-ANA, que aprueba el Reglamento de Otorgamiento de Derechos de Usos de Agua; y del D.S. 007-2015-MINAGRI, que norma sobre la regularización y formalización de derechos de usos de agua. Este decreto supremo está orientado a fomentar el cambio del estado actual de informalidad existente en los distintos usos de agua, demandando una estrategia que involucra a todos los actores de manera que se logren los objetivos establecidos, garantizando la seguridad jurídica de los usuarios formalmente constituidos.