R.TNRCH. Nº 0673-2021-ANA

Resumen

CUT N°:124349-2021.

SOLICITANTE: Naire Solio Ostos Barrón.

ÓRGANO: ALA Huaura.

MATERIA: licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de la Resolución Jefatural Nº024-2010-ANA, solicitada por el señor Naire Solio Ostos Barrón, por haber prescrito la facultad de este Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Miércoles, 01 Diciembre, 2021

N° de Expediente TNRCH

550-2021

Sumilla

La revision de oficio de un acto administrativo por parte del tribunal procede, siempre y cuando, no haya transcurrido el plazo de dos (02) años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud de nulidad del administrado se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0666-2021-ANA

Resumen

CUT N°:64339 – 2021.

SOLICITANTE: Oficina de Asesoría Jurídica.

ÓRGANO: AAA Cañete – Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Dañar las obras de infraestructura hidráulica publica

SUMILLA: Se declara no haber mérito para declarar la nulidad de la Resolución Directoral Nº 172-2021-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, en atención a lo dispuesto en el segundo párrafo del numeral 6.3 del artículo 6º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO:  inciso 11 del artículo 248º del Texto Único Ordenado de la Ley del 
Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Lunes, 29 Noviembre, 2021

N° de Expediente TNRCH

391 – 2021

Sumilla

se verifica que el argumento del pedido de nulidad está referido  a una distinta interpretación de derecho que realizó la Autoridad Administrativa del  Agua  respecto a la evaluación de los presupuestos que  configuran la aplicación del principio del non bis in ídem en el momento de emitir  pronunciamiento respecto al recurso de reconsideración de la Resolución Directoral Nº 1077-2020-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA

Marco normativo

 inciso 11 del artículo 248º del Texto Único Ordenado de la Ley del 
Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0623-2021-ANA

Resumen

CUT N°:126548-2021.

SOLICITANTE: James Lee Salazar Gamarra.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Delimitación de la faja marginal

SUBMATERIA: autorización de uso de la faja marginal

SUMILLA: Se resuelve no haber merito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°088-2021-ANA-AAA X MANTARO, solicitada por el señor James Lee Salazar Gamarra, debido a que no se ha configurado alguna causal de nulidad regulada en el articulo 10° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: 118° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Noviembre, 2021

N° de Expediente TNRCH

425-2021

Sumilla

Es preciso indicar que la solicitud de autorización de uso de la faja marginal, margen izquierda del río Mantaro, formulada por la Municipalidad, se sustenta en fines de protección y conservación de dicho bien natural asociado al agua, por lo que, su finalidad se encuentra acorde  a la normativa.

Marco normativo

118° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0617-2021-ANA

Resumen

CUT N°:126773-2021.

SOLICITANTE: Wilfredo Reques Gomez.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Permiso de uso de agua.

SUBMATERIA: Permiso de uso de agua

SUMILLA: Se resuelve no haber merito para declarar de oficio la nulidad de la Resolucion Administrativa N°048-2021-ANA-AAA-CF-ALA.B, solicitada por el señor Wilfredo Reques Gomez, debido a que no se ha configurado alguna causal de nulidad regulada en el articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Noviembre, 2021

N° de Expediente TNRCH

424-2021

Sumilla

Para el otorgamiento del permiso de uso de agua residuales (filtraciones) es necesario demostrar la disponibilidad del recurso hídrico para el desarrollo del proyecto; razón por la cual, por no haberse demostrado tal condición en el presente caso, no correspondía que la Administración Local de Agua Barranca otorgue el derecho de 
uso de agua solicitado.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0615-2021-ANA

Resumen

CUT N°:94538-2020.

SOLICITANTE: Juan Jesus Enrique Lopez Moscoso.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Regularización de uso de agua.

SUMILLA: No haber merito para declarar de oficio la nulidad de las Constancias Temporales N°0337-2016-ANA-AAA.CF y N°0351-2016-ANA-AAA.CF, por haberse prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas para declarar la nulidad de oficio de dichos actos administrativos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Noviembre, 2021

N° de Expediente TNRCH

387 – 2021

Sumilla

La revision de oficio de un acto administrativo por parte del tribunal procede, siempre y cuando, no haya transcurrido el plazo de dos (02) años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud de nulidad del administrado se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0603-2021-ANA

Resumen

CUT N°:145226-2021.

SOLICITANTE: Comite de Usuarios de Agua Palccamayo.

ÓRGANO: ALA Ramis

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Extincion y Otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: No haber merito para declarar la nulidad de la Resolucion Administrativa N°0108-2020-ANA-AAA.TIT-ALA.RM solicitada por el  Comite de Usuarios de Agua Palccamayo, porque el referido acto administrativo fue emitido conforme a Ley.

MARCO NORMATIVO: Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Noviembre, 2021

N° de Expediente TNRCH

467-2021

Sumilla

Se advierte que  el procedimiento se ha tramitado de acuerdo con su naturaleza y cumpliéndose con todos los requisitos para su obtención, advirtiendo que se ha realizado la transferencia del predio denominado a favor de los titulares; por lo que el argumento del solicitante respecto a que, la Resolución Administrativa no reúne los requisitos establecidos en los reglamentos y leyes administrativas.

Marco normativo

Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0568-2021-ANA

Resumen

CUT N°:72035-2021.

SOLICITANTE: Comunidad Campesina Huamancharpa.

ÓRGANO: AAA Urubamba - Vilcanota.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA:  Formalizacion de uso de agua.

SUMILLA: Se declara no haber merito para declarar la nulidad de la Resolucion Directoral N°0256-2019-ANA-AAA.UV, por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolucion de Controversias HIdricas para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo.

MARCO NORMATIVO:  Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Viernes, 05 Noviembre, 2021

N° de Expediente TNRCH

333 – 2021

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del tribunal procede, siempre y cuando, no haya transcurrido el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0562-2021-ANA

Resumen

CUT N°:97332-2021.

SOLICITANTE: Amelia Irene Conde Huiza. 

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declara no haber merito para declarar la nulidad del acto de notificacion de la Resolucion Directoral N°960-2018-ANA-AAA.CO, por haber sido realizado de acuerdo a Ley.

MARCO NORMATIVO: numerales 21.1 y 21.4 del artículo 21° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General 

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Octubre, 2021

N° de Expediente TNRCH

361-2021

Sumilla

Se advierte la Autoridad Administrativa del Agua  ha cumplido con notificar válidamente la Resolución Directoral, habiéndose dirigido al domicilio procesal señalado por la administrada en su escrito de descargo.

Marco normativo

numerales 21.1 y 21.4 del artículo 21° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General 

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0561-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 99624-2021.

SOLICITANTE: Felicitas Simbron Lopez.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Acreditacion de disponibilidad hidrica.

SUMILLA: No haber merito para declarar la nulidad de oficio de la Resolucion Directoral N°350-2020-ANA X MANTARO, solicitada por la señora Felicitas Simbron Lopez, debido a que no se ha configurado alguna causal de nulidad regulada en el articulo 10° del Texto Unico Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: Resolución Jefatural Nº007-2015-ANA

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Octubre, 2021

N° de Expediente TNRCH

378 – 2021

Sumilla

La acreditación de disponibilidad hídrica no faculta el uso del agua ni autoriza la ejecución de obras, puesto que la finalidad del procedimiento materia de análisis está orientada únicamente a certificar la existencia de recursos hídricos 
en cantidad, oportunidad y calidad apropiadas para un determinado proyecto en un punto de interés.

Marco normativo

Resolución Jefatural Nº007-2015-ANA

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0546-2021-ANA

Resumen

CUT N°:47039-2021.

SOLICITANTE: Rosa Emperatriz Gastelo Barreno.

ÓRGANO: ALA Chancay - Lambayeque

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Extinción y Otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Se resuelve no haber merito para declarar la nulidad de la Resolución Administrativa N°278-2020-ANA-AAA.JZ-ALA.CHL solicitada por la señora Rosa Emperatriz Gastelo Barreno, porque el referido acto administrativo fue emitido conforme a ley.

MARCO NORMATIVO: Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Viernes, 22 Octubre, 2021

N° de Expediente TNRCH

364-2021

Sumilla

La transferencia de titularidad de un predio,  a la cual se destina el uso del agua, el nuevo titular tiene derecho preferente para obtener el derecho de uso de agua bajo las mismas condiciones de su transferente, para lo cual, se procederá a declarar la extinción del derecho del transferente y se otorgará un nuevo derecho.

Marco normativo

Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor