Disponer la inscripción de la empresa CONSULTORÍA, SERVICIOS DE INGENIERIA Y CONTABILIDAD S.A.C., en el Registro de Consultores de Estudios de Aguas Subterráneas, por un periodo de cuatro (04) años renovables.
Disponer la inscripción de la empresa INGENIERIA DE CONTROL DE PERDIDAS Y SERVICIOS AFINES S.A.C., en el Registro de Consultores de Estudios de Aguas Subterráneas, por un periodo de cuatro (04) años renovables.
Disponer la inscripción de la empresa CONTRATISTAS GENERALES SERGIO CLAVER S.A., en el Registro de Empresas que Realizan Obras de Exploración, Explotación de Aguas Subterráneas, por un período de cuatro (04) años renovables.
Disponer la inscripción de la empresa CASA GRANDE S.A.A., en el Registro de Empresas que Realizan Obras de Exploración, Explotación de Aguas Subterráneas, por un período de cuatro (04) años renovables.
Disponer la inscripción de la empresa PERFORADORA LLANTOY S.A.C, en el Registro de Empresas que Realizan Obras de Exploración, Explotación de Aguas Subterráneas, por un período de cuatro (04) años renovables.
Disponer la inscripción de la empresa VAC CORPORATION PERU S.A.C., en el Registro de Empresas que Realizan Obras de Exploración, Explotación de Aguas Subterráneas, por un periodo de cuatro (04) años renovables.
Disponer la inscripción de la empresa PERFOTEC PERU S.A.C., en el Registro de Empresas que Realizan Obras de Exploración, Explotación de Aguas Subterráneas, por un periodo de cuatro (04) años renovables.
Disponer la inscripción de la empresa CONTRATACIÓN DE SERVICIOS TÉCNICOS Y PROFESIONALES EN INGENIERÍA E.I.R.L., en el Registro de Consultores de Estudios de Aguas Subterráneas, por un período de cuatro (04) años renovables.
Rectificar, con efecto retroactivo, la Resolución Directoral N° 010-2020-ANA-DARH, respecto a la denominación de la empresa; en los extremos donde dice: GEO ENGINEERING SERVICES & CONSULTING E.I.R.L., debe decir: GEOENGINEERING SERVICES & CONSULTING E.I.R.L.