ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial de la quebrada Purma, por un volumen anual hasta: 6,181.90 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL
Aprobar, el valor de la tarifa por la utilización de la infraestructura hidráulica mayor que deberán de pagar los usuarios de agua con fines energéticos por los servicios de suministro de agua que reciben de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Chancay-Huaral, para el año 2025
Informar la evaluación del expediente administrativo sobre solicitud de extinción parcial y otorgamiento de licencia de uso de agua por cambio de titular por transferencia parcial de predio.
Declarar improcedente la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica subterránea con fines poblacionales, presentada por el presidente de la comunidad campesina de Castilla; Sr. Pedro Segundo Coveñas Chávez., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 0183-2005 G.R. PIURA-420010- DRA.P-AACH-S. ATDRCH, a favor de FARFÁN CASTRO, HILDEBRANDO, para los predios con códigos catastrales 53739, 53746 y 53747 respectivamente, quedando subsistente en todo lo demás que contiene la mencionada resolución.
RECONOCER a “Comité de Usuarios de Agua del Valle de Chuya", del Anexo de Chuya conformado por los usuarios que utilizan las aguas de los Rios Pullcuchi, Rio Sengapuquio, Rio Occoro, Rio Ranracancha y Rio Tejarumi, teniendo como ámbito de riego el sector de Chuya, localizado en el Anexo de Chuya, distrito de Ocaña, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, parte alta de la cuenca Grande y ámbito de influencia de la Administración Local de Agua Grande.
REQUERIR al usuario LUNA CAPPELLETTI GUSTAVO ALEJANDRO, para que en el plazo excepcional de quince (15) días hábiles de notificado, cumpla con cancelar el Recibo N°2017S13229, por el importe ascendente a s/.125.80 (CIENTO VEINTICINCO Y 80/100 SOLES).correspondiente al uso del agua subterránea con fines agrarios año fiscal 2017, y volumen ahí descrito, mas los intereses moratorios a partir del 14.04.2018, debiendo realizar su abono en el Banco de la Nación mediante el servicio de recaudación Transacción 3710.
APROBAR, EL PADRÓN DE USUARIOS DEL COMITÉ DE USUARIOS “SAN JOSÉ” - SECTOR CASUAL, INTEGRADO POR 28 USUARIOS CON UN ÁREA BAJO RIEGO DE 153.24 HECTÁREAS, POR UN VOLUMEN DE AGUA ANUAL DE HASTA 3 313 293.99 M3/AÑO, PROVENIENTE DEL RÍO UTCUBAMBA POLÍTICAMENTE UBICADO EN EL CASERÍO CASUAL, DISTRITO Y PROVINCIA BAGUA, REGIÓN AMAZONAS, DE ACUERDO A LA RELACIÓN CONSIGNADA EN EL FORMATO DE PADRÓN DE USUARIOS ESTABLECIDO POR LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA, LA MISMA QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA.