Desestimar, la solicitud de otorgamiento de licencia por cambio de titularidad, presentada por Yolanda Romero Arellano con DNI N° 04070690, apoderada de Hayde Grados de Ramos con DNI N° 15994234.
Autorizar el uso de agua superficial proveniente de las quebradas denominadas “Rasutara, Tamaramina y Shicra Shicra”, para estudios de exploración minera del proyecto “El Padrino”, a favor de la empresa NEXA RESOURCES PERÚ S.A.A., con RUC N° 20100110513.
Archivar el presente Procedimiento Administrativo Sancionador, seguido contra don Juan Rengifo Sulca, identificado con DNI N°09045476, por la presunta comisión de la infracción establecida por la presunta comisión de la infracción establecida en los numerales 8) y 9) del artículo 120° de la Ley 29338, “Ley de Recursos Hídricos”, acorde con los literales “c” y “d” del artículo 277° de su Reglamento, y por los fundamentos expuestos en su parte considerativa.
Archivar, el procedimiento administrativo sancionador seguido a la empresa Mesa De Piedra S.C.R.LTDA. con RUC N° 20102271191, por presuntamente haber infringido el numeral 3) y 5) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos Ley N° 29338 y el literal b) y f) del artículo 277° de su Reglamento.
Archivar, el procedimiento administrativo sancionador seguido en contra de Evaristo Gómez Calderón con DNI N° 06837422, por la presunta infracción a los numerales 5), 6) y 10) del artículo 120° de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos, concordante con los literales e) y f) del Artículo 277° de su Reglamento.
SANCIONAR administrativamente a Jhon Fortunato Cisneros Huamán con DNI N° 43128651, por infringir al literal “q” del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; imponiéndose finalmente una multa ascendente a (0.5) Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al momento del pago, la misma que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación Nº0000877174.
SANCIONAR a la empresa AGROINPER FOODS S.A.C. con RUC. N° 20554251677, por infringir el numeral 9) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos Ley N° 29338 y el literal d) del artículo 277° de su Reglamento, imponiéndose una multa ascendente a dos (2) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigente al momento del pago, la misma que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación Nº 0000877174.
Desestimar, la solicitud de cambio de titularidad, por fallecimiento del titular, presentada por Yolanda Romero Arellano con DNI N° 04070690, apoderada de Benedicta Anastasia Moreno Asencio con DNI N° 15994381.
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por doña Rosa Manuela Mirtha Falconí Alvarado de Arroyo, identificada con DNI N° 10615439, contra la Resolución Directoral N° 0496-2023-ANA-AAA.CF de 11.04.2023.