Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1461842.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA DEL CANAL ARANGRA CHUNQUE"
Declarar FUNDADO el recurso de reconsideración interpuesto por Javier Trejo Ventura con DNI N° 42184634, contra la Resolución Directoral N° 694-2023-ANAAAA-CF de 24.05.2023, la misma que se deja sin efecto legal.
Aprobar la Acreditación de la Disponibilidad Hídrica de agua Superficial con fines agrarios proveniente del río Pativilca, por cinco meses (enero a mayo) para irrigar 0,27 ha en el predio denominado “Marcelo” ubicado en el sector Puente Bolívar, distrito de Pativilca, provincia de Barranca, departamento de Lima, a favor de Luis Miguel Obispo Yuncar con DNI 15670639.
Autorizar, la ejecución de obra en el cauce del río Omas, para el proyecto “Autorización de Ejecución de Obra de Defensa Ribereña con Gaviones en una Longitud de 523 m, con fines de modificación de la Faja Marginal del Rio Omas”, distrito de Asia, provincia Cañete, departamento de Lima, a favor de don Arnold Boksenbaum Levi con DNI N° 09337588.
Aprobar, la Acreditación de disponibilidad hídrica superficial con fines de uso energético, a favor de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A, con RUC N° 2042580988.
Disponer la ampliación excepcional del plazo para resolver el Procedimiento Administrativo Sancionador, iniciado mediante Notificación N° 0029-2022- ANA-AAA-JZ/ALA.CHL, contra Agroindustrial Pomalca S.A.A., por un periodo máximo de tres (03) meses adicionales al plazo de nueve (09) meses; plazo que indefectiblemente vencerá el 07 de setiembre de 2023, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de los actuales propietarios del predio con código catastral UC 29209.
Declarar improcedente la solicitud presentada por SOLON VICENTE ORTIZ RIVON, sobre modificación de licencia de uso de agua subterránea, en virtud de los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.