Rectificar de Oficio el error material incurrido en el artículo cuarto de la parte resolutiva de la Resolución Directoral Nº 0062-2024-ANA-AAA.MAN de fecha 07.02.2024, debiendo quedar redactado en los términos siguientes:
DEBE DECIR:
ARTÍCULO CUARTO.- La Municipalidad Provincial de Acobamba conforme a lo establecido en el Cuadro N° 04 y Cuadro N° 05, debe señalizar los puntos de monumentación, el cual deberá ser preferentemente forma de tronco de pirámide, (material noble) u otro material que no se degrade (roca), a fin de garantizar su visibilidad y permanencia de acuerdo a las consideraciones técnicas dispuestas y señaladas en el artículo primero de la presente resolución directoral, no debiendo ocasionar daños ni perjuicios a terceros.