Es procedente modificar sólo la denominación del nombre del proyecto respecto de la acreditación de la disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios consignado en la Resolución Directoral N°0091-2022-ANA-AAA.MAN, de fecha 04.03.2022, prorrogado a su vez mediante Resolución Directoral N°0072-2024-ANA-AAA.MAN, de fecha 12.02.2024, en tanto no va modificar lo sustancial del contenido ni el sentido del acto administrativo, ello con la finalidad de otorgarle mayor exactitud:
DEBE DECIR:
“CREACIÓN DEL SERVICIO DE PROVISIÓN DE AGUA PARA RIEGO EN LOS SECTORES AGRICOLAS DE CENTRO POBLADO SAN ISIDRO DE ACOBAMBA DISTRITO DE SAN MARCOS DE ROCCHAC DE LA PROVINCIA DE TAYACAJA DEL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELIC