Sancionar, administrativamente a Alejandro Valle Carrasco, identificado con DNI 15970901, por utilizar agua superficial del canal L1 Palpa Alto margen izquierda, por medio de una motobomba, con tubería de impulsión de 2”, para riego de 1,50 ha, ubicado en el sector Santa Rosa, ámbito de la Comisión de Usuarios Palpa, infringiendo el numeral 1) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos: «Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso», concordante con el literal a. del artículo 277° de su Reglamento: «Usar (…) las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua o autorización de la Autoridad Nacional del Agua», se califica como Leve, imponiéndose una multa ascendente a (0,3) Unidad Impositiva Tributaria (UIT).