R.TNRCH. Nº 1337-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 230346-2023.

IMPUGNANTE: Enotours Perú S.A.C.

ORGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Modificación de licencia de uso de agua.

SUMILLA: El único legitimado para solicitar la modificación de la licencia de uso de agua es el titular del derecho, sin perjuicio de ello, la ley no establece licencias para varios usos simultáneos ni que estas se sustenten en títulos de arrendamiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del artículo 50°, artículo 53° y numeral 2 del artículo 56° de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 22° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 17 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

111-2024

Sumilla

El único legitimado para solicitar la modificación de la licencia de uso de agua es el titular del derecho, sin perjuicio de ello, la ley no establece licencias para varios usos simultáneos ni que estas se sustenten en títulos de arrendamiento.

Marco normativo

Numeral 6 del artículo 50°, artículo 53° y numeral 2 del artículo 56° de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 22° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1336-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 104416-2023.

ADMINISTRADO: Gilberto Ruperto Challco Quispe, César Mario Challco Quispe, Antonia Challco Quispe y la Empresa Inversiones Agropecuarias San Juan E.I.R.L.

ORGANO: ALA Chili.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Los permisos otorgados expresamente con carácter temporal, bajo la legislación anterior y que no se encuentran reconocidos en la norma actual, quedaron extinguidos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007- 2015-ANA.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de Resolución

Martes, 17 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

048-2024

Administrado

Gilberto Ruperto Challco Quispe, César Mario Challco Quispe, Antonia Challco Quispe, Empresa Inversiones Agropecuarias San Juan E.I.R.L.

Sumilla

Los permisos otorgados expresamente con carácter temporal, bajo la legislación anterior y que no se encuentran reconocidos en la norma actual, quedaron extinguidos

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007- 2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1335-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 140946-2023.

IMPUGNANTE: César Alfonso Susanibar Plaza.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica no puede desvirtuarse por cuestiones que no tiene relación con el objeto del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, y artículo 12° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 17 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

290-2024

Sumilla

La acreditación de disponibilidad hídrica no puede desvirtuarse por cuestiones que no tiene relación con el objeto del procedimiento.

Marco normativo

Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, y artículo 12° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1334-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 195785-2022.

IMPUGNANTE: Asociación de Productores Chávez & Quezada.

ORGANO: ALA Barranca.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Ausencia de agravio.

SUMILLA: La apelación se declara improcedente cuando el recurrente no expresa agravios sobre el error de hecho o derecho del que supuestamente adolece la resolución.

MARCO NORMATIVO: Artículos 120°, 124° y 217° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Martes, 17 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

597-2024

Sumilla

La apelación se declara improcedente cuando el recurrente no expresa agravios sobre el error de hecho o derecho del que supuestamente adolece la resolución.

Marco normativo

Artículos 120°, 124° y 217° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1333-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 59900-2023.

ADMINISTRADO: Compañía de Minas Buenaventura S.A.A.

ORGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Autorización de uso de agua.

SUMILLA: Corresponde declarar la nulidad de la autorización de uso de agua cuando se otorga sobre la base de un balance hídrico inconsistente por los diferentes resultados obtenidos en el estudio.

MARCO NORMATIVO: Artículo 89° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Nulidad de oficio y reponer.

Fecha de Resolución

Martes, 17 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

560-2023

Administrado

Compañía de Minas Buenaventura S.A.A

Sumilla

Corresponde declarar la nulidad de la autorización de uso de agua cuando se otorga sobre la base de un balance hídrico inconsistente por los diferentes resultados obtenidos en el estudio.

Marco normativo

Artículo 89° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1332-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 101406-2024.

IMPUGNANTE: Ariadna Cecilia Saavedra Timaná.

ORGANO: ALA Chicama.

MATERIA: Permiso de uso de agua.

SUBMATERIA: Superávit hídrico.

SUMILLA: Se prescinde de la autorización de ejecución de obras cuando el solicitante cuenta con la opinión favorable del operador de la infraestructura hidráulica que será utilizada.

MARCO NORMATIVO: Artículo 34° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

SENTIDO: Fundado, nula y reposición.

Fecha de Resolución

Martes, 17 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

565-2024

Sumilla

Se prescinde de la autorización de ejecución de obras cuando el solicitante cuenta con la opinión favorable del operador de la infraestructura hidráulica que será utilizada.

Marco normativo

Artículo 34° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1331-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 106345-2022.

IMPUGNANTE: Pedro Nolasco Machaca Maque.

ORGANO: ALA Colca - Siguas - Chivay.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Es nula la resolución de extinción y otorgamiento de un derecho de uso de agua porque la transferencia no ha sido otorgada por el titular de la licencia ni tampoco se acredita la adquisición de la propiedad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Fundado, nula e improcedente.

Fecha de Resolución

Martes, 17 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

079-2024

Sumilla

Es nula la resolución de extinción y otorgamiento de un derecho de uso de agua porque la transferencia no ha sido otorgada por el titular de la licencia ni tampoco se acredita la adquisición de la propiedad.

Marco normativo

Numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1330-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 188239-2022.

IMPUGNANTE: Asociación de Productores Agropecuarios y Agroindustrialización Nuevo Ayacucho

ORGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Es nula la resolución de acreditación de disponibilidad cuando el aviso oficial contiene información notoriamente incorrecta de la demanda hídrica.

MARCO NORMATIVO: Artículo 40° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

SENTIDO: Nulidad de oficio y reposición.

Fecha de Resolución

Martes, 17 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

726-2023

Administrado

Asociación de Productores Agropecuarios y Agroindustrialización Nuevo Ayacucho

Sumilla

Es nula la resolución de acreditación de disponibilidad cuando el aviso oficial contiene información notoriamente incorrecta de la demanda hídrica.

Marco normativo

Artículo 40° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1329-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 86983-2023.

IMPUGNANTE: Junta Vecinal Barrio Lambrasccata Ccelloccacca - Distrito de Socos - Huamanga – Ayacucho.

ORGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Licencia de uso de agua.

SUMILLA: Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Martes, 17 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

679-2024

Sumilla

Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental

Marco normativo

Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1328-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 63031-2022.

IMPUGNANTES: Karina Katia Lavado Aquino, Armanda Verónica Mendoza Huiza y Celia Angélica Aquino Cortez.

ORGANO: AAA Huarmey-Chicama.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: No corresponde otorgar una autorización de ejecución de obras cuando estas se proyectan ejecutar en las inmediaciones de otras ya autorizadas.

MARCO NORMATIVO: Literal a) del numeral 16.1 del artículo 16º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 17 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

293-2023

Sumilla

No corresponde otorgar una autorización de ejecución de obras cuando estas se proyectan ejecutar en las inmediaciones de otras ya autorizadas.

Marco normativo

Literal a) del numeral 16.1 del artículo 16º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas