R.TNRCH. Nº 0133-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 10305-2022.

IMPUGNANTE: Comunidad Campesina San Mateo de Huanchor.

ORGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Rectificación (Oficio, error material o pedido de parte).

SUMILLA: La rectificación de error material procede siempre que no se altere el contenido esencial ni el sentido del acto administrativo, lo cual no ocurre cuando se varía la ubicación del punto de captación, la denominación de fuentes de agua o la inclusión de un punto de descarga.

MARCO NORMATIVO: Numeral 212.1 del artículo 212° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio, carece de objeto e improcedente

Fecha de Resolución

Miércoles, 14 Febrero, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

210-2023

Sumilla

La rectificación de error material procede siempre que no se altere el contenido esencial ni el sentido del acto administrativo, lo cual no ocurre cuando se varía la ubicación del punto de captación, la denominación de fuentes de agua o la inclusión de un punto de descarga.

Marco normativo

Numeral 212.1 del artículo 212° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0143-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 16513-2024.

SOLICITANTE: Santa Sofía del Sur S.A.C.

ORGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: Cuando la autoridad realiza actuaciones con la finalidad de continuar con el trámite, la queja será desestimada debido a que su finalidad es impulsar el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  Infundada.

Fecha de Resolución

Miércoles, 14 Febrero, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

107-2023

Sumilla

Cuando la autoridad realiza actuaciones con la finalidad de continuar con el trámite, la queja será desestimada debido a que su finalidad es impulsar el procedimiento.
 

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0142-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 15202-2024.

ORGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del Director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de formalización de licencia de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Miércoles, 14 Febrero, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

149-2024

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del Director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de formalización de licencia de uso de agua. 

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0132-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 165741-2021

IMPUGNANTE: Enrique Juventino Arrestegui Paucar

ORGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Para otorgar una acreditación de disponibilidad hídrica es necesario realizar el balance hídrico que contemple los derechos de uso existentes y la disponibilidad para el proyecto.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 9° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Fundado, nulo y reposición

Fecha de Resolución

Miércoles, 14 Febrero, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

447-2023

Sumilla

Para otorgar una acreditación de disponibilidad hídrica es necesario realizar el balance hídrico que contemple los derechos de uso existentes y la disponibilidad para el proyecto.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 9° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0131-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 237883-2022

IMPUGNANTE: Jureliza Bienes y Servicios S.A.C.

ORGANO: AAA Caplina - Ocoña

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica requiere también la publicación del aviso en el Diario Oficial El Peruano, salvo las excepciones previstas en la normativa.

MARCO NORMATIVO: Literal b) del artículo 13 y artículo 40° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado

Fecha de Resolución

Miércoles, 14 Febrero, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

506-2023

Sumilla

La acreditación de disponibilidad hídrica requiere también la publicación del aviso en el Diario Oficial El Peruano, salvo las excepciones previstas en la normativa

Marco normativo

Literal b) del artículo 13 y artículo 40° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0141-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 79361-2022

ORGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla

MATERIA: Procedimiento administrativo general

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del Director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de formalización de licencia de uso de agua. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Miércoles, 14 Febrero, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

152-2024

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del Director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha
intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de formalización de licencia de uso de agua. 

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0130-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 2833-2023.

ADMINISTRADO: Alexis Gregorio Grande Ale.

ORGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras.

SUMILLA: Es nula la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico cuando no se dispone de servidumbre para la conducción de recursos hídricos.

MARCO NORMATIVO: Literal f) del numeral 16.2 del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 14 Febrero, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

308-2023

Administrado

Alexis Gregorio Grande Ale

Sumilla

Es nula la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico cuando no se dispone de servidumbre para la conducción de recursos hídricos.

Marco normativo

literal f) del numeral 16.2 del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0129-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 140992-2022

SOLICITANTES: Municipalidad del Centro Poblado Bellavista y otros y Municipalidad Distrital de San Pedro de Huacarpana

ORGANO: AAA Chaparra-Chincha

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La denegatoria de acreditación de disponibilidad hídrica no está afectada de vicio alguno si el balance hídrico determina la falta de agua para el proyecto.

MARCO NORMATIVO: Artículos 10° y 213º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS

SENTIDO: No haber mérito

Fecha de Resolución

Viernes, 09 Febrero, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

568-2023

Sumilla

La denegatoria de acreditación de disponibilidad hídrica no está afectada de vicio alguno si el balance hídrico determina la falta de agua para el proyecto

Marco normativo

Artículos 10° y 213º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0128-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 213605-2021.

ADMINISTRADO: Atanacia Miranda Quispe.

ORGANO: ALA Mala Omas Cañete.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: No procede la solicitud de extinción y otorgamiento del derecho de uso de agua, cuando el título presentado por el administrado no identifica el predio dentro del terreno matriz, lo cual no se subsana con un plano que carece de las firmas de las partes del contrato.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007- 2015-ANA.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 09 Febrero, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

657-2023

Administrado

Atanacia Miranda Quispe

Sumilla

No procede la solicitud de extinción y otorgamiento del derecho de uso de agua, cuando el título presentado por el administrado no identifica el predio dentro del terreno matriz, lo cual no se subsana con un plano que carece de las firmas de las partes del contrato.

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007- 2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0127-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 236121-2023.

ORGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del Director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de formalización de licencia de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Viernes, 09 Febrero, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

132-2024

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del Director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de formalización de licencia de uso de agua.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas