Presidente de la República y Ministro de Agricultura promulgan Reglamento de Ley de Recursos Hídricos

Fecha de publicación

Miércoles, 24 Marzo 2010
El Presidente de la República, Dr. Alan García Pérez, y el ministro de Agricultura, Ing. Adolfo De Córdova, promulgaron en el Patio de Honor de Palacio de Gobierno, el Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos (Ley N° 29338). La Ley de Recursos Hídricos permitirá darle un uso eficiente al agua y significa un cambio cualitativo en su gestión y manejo.

• La Ley de Recursos Hídricos regula y garantiza el uso y gestión integrada del agua
• Reglamento es producto del consenso entre Estado, Junta Nacional de Usuarios de los Distritos de Riego del Perú, empresarios, universidades, sociedad civil, ONG, etc.

Descargue el Reglamento de la Ley 29338


(Lima, 23 de marzo 2010).- El Presidente de la República, Dr. Alan García Pérez, y el ministro de Agricultura, Ing. Adolfo De Córdova, promulgaron en el Patio de Honor de Palacio de Gobierno, el Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos (Ley N° 29338). La Ley de Recursos Hídricos permitirá darle un uso eficiente al agua y significa un cambio cualitativo en su gestión y manejo.

La reunión tuvo un marco impresionante, conformado por casi 3 mil agricultores, procedentes de las Juntas de Usuarios de los Distritos de Riego de todo el Perú.

Al respecto, el Ministro de Agricultura informó que dicha norma reglamentaria permitirá establecer cómo debe utilizarse el agua, para no desperdiciarla. La Ley de Recursos Hídricos regula y garantiza el uso y gestión integrada del agua, a través de principios fundamentales. En esa dinámica, el dispositivo legal plantea que el Agua constituye patrimonio de la Nación y que el dominio sobre ella es inalienable e imprescriptible.

También reafirma que el agua es un bien de uso público y su administración sólo puede ser otorgada y ejercida para el bien común, la protección ambiental y el interés de la Nación. Se reafirma que no hay propiedad privada sobre el agua.

Es importante señalar que el objetivo estratégico de esta Ley es otorgar un uso racional al agua agrícola y agua dulce en los próximos años, lo mismo que disponer al uso del agua con fines agrarios el primer orden de preferencia entre los usos productivos.

UN REGLAMENTO CONSENSUADO

En su discurso, el titular de Agricultura dijo que la norma se promulga tras quince años de intensa labor y en lo que concierne a este Gobierno después de un proceso de diálogo y concertación con diversos sectores comprometidos con el desarrollo agro, como las Juntas de Usuarios de los distritos de riego, gremios y ONG, entre otros.

“Por eso, hoy entregamos a Ud., Señor Presidente, un reglamento que ha sido fruto de un consenso general con todos los sectores”, dijo. Indicó que ahora, con el reglamento vigente, se establece un marco jurídico adecuado para atraer inversiones en el campo. También puntualizó que el dispositivo garantiza y respeta el uso de agua a las comunidades campesinas y nativas.

El Ing. De Córdova dio a conocer que, después de la promulgación de la Ley 29338, el Ministerio de Agricultura (MINAG) se abocó a elaborar el Reglamento, elaborado en forma consensuada con entidades que participan en la gestión del agua, como la Junta Nacional de Usuarios de los Distritos de Riego del Perú, Asociación de Exportadores–ADEX, Asociación de Gobiernos Regionales, Sociedad Nacional de Industrias, Sociedad Nacional de Minería y Petróleo, Universidades, Colegios Profesionales, Municipalidades, Organizaciones No Gubernamentales vinculadas a la gestión del agua, etc.

El proceso de elaboración del Reglamento comprendió etapas de prepublicación, consulta pública, talleres de difusión, sensibilización, recepción de aportes y discusión de contenido.

El Primer Ministro, Dr. Javier Velásquez Quesquén, también presente en la ceremonia, dijo que el Reglamento proporciona el marco jurídico para el uso racional y sostenible del agua.

Por su parte, el Presidente Alan García, señaló que el agua le pertenece a la Nación y no hay propiedad privada del recurso. Asimismo, indicó q