Autoridad Nacional del Agua otorga derechos de uso de agua en Paúcar del Sara Sara

Fecha de publicación

Lunes, 26 Marzo 2018
  • Derechos de Uso de Agua se entrega a organizaciones de usuarios de agua y organizaciones que prestan suministro de agua poblacional en ámbitos rurales.

La Autoridad Nacional del Agua (ANA), adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego, otorgó 44 derechos de uso de agua que beneficia a más de cinco mil usuarios de la provincia ayacuchana de Paúcar del Sara Sara, de las cuales 12 licencias son de uso poblacional y 32 licencias de agua en bloque para uso agrario.

 

La acción, ejecutada a través de la Autoridad Administrativa del Agua Caplina Ocoña y la Administración Local de Agua Ocoña Pausa, tiene la finalidad de formalizar usos de agua existentes con fines agrarios y poblacionales.

 

Este proceso de formalización ha beneficiado a la Municipalidad Provincial de Paúcar del Sara Sara, la Municipalidad Distrital de Lampa, Municipalidad del Centro Poblado de San Sebastián de Sacraca, Junta Administradora de Servicios de Saneamiento de San Juan; así como a las Comisiones de Usuarios de San José de Ushua, Incuyo, Lacaya Tambillo Collahuacho, San Sebastián de Sacraca, Lampa, Mirmaca y comités de usuarios, quienes venían haciendo uso del agua sin el correspondiente derecho.

 

En este acto participaron el Director de Administración de Recursos Hídricos de la ANA, Alberto Alva; Director de la Autoridad Administrativa del Agua Caplina Ocoña, Alberto Osorio; Administrador Local de Agua Ocoña Pausa, Jaime Huerta; y las autoridades políticas de la provincia de Paúcar del Sara Sara; quienes fueron los encargados de otorgar las licencias a cada uno de los titulares.

 

Jaime Huerta Lozada, Administrador Local de Agua Ocoña-Pausa; señaló que por vez primera se otorga licencias de uso de agua para usuarios de agua poblacional y agrario en la cuenca alta. Estos derechos brindan una seguridad jurídica sobre el volumen asignado que se otorga a una pluralidad de personas naturales y jurídicas que usan una fuente común de agua con punto de captación común.

 

Cabe señalar que los titulares de los derechos para uso agrario deberán presentar en un plazo no menor de 30 días los certificados nominativos, que será otorgado a cada usuario que compone el bloque de riego, para ello la Autoridad Nacional del Agua viene instruyendo a los directivos para que cumplan con lo establecido en las resoluciones directorales que otorgan dicho derecho.

 

Pausa, 26 de marzo de 2018

 

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