RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0117-2024-ANA-OA
Conceder licencia sin goce de remuneraciones el servidor CARLOS MANUEL BASURTO HORMAZA con eficacia anticipada por el periodo del 22 de febrero del 2024 al 21 de mayo de 2024
Conceder licencia sin goce de remuneraciones el servidor CARLOS MANUEL BASURTO HORMAZA con eficacia anticipada por el periodo del 22 de febrero del 2024 al 21 de mayo de 2024
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAMANGUILLA por el importe de S/ 8,252.28(OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 28/100 SOLES), derivada al Expediente Coactivo N° 396-2021-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por el obligado ANGEL JESUS MANRIQUE ZEGARRA, por el importe de S/ 4,108.86 (CUATRO MILCIENTO OCHO CON 86/100 SOLES), derivada del Expediente Coactivo N° 050-2024-ANAOA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada MEBOL GF S.A.C, por el importe de S/ 21,306.08 (VEINTIÚN MIL TRESCIENTOSSEIS CON 08/100 SOLES), derivada del Expediente Coactivo N° 441-2023-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CALZADA, por el importe de S/ 4,247.06 (CUATROMIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 06/100 SOLES), derivada del Expediente Coactivo N° 657-2022-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la empresa K&G CONSULTORES INTEGRALES S.A.C, en favor de la obligada AGROINDUSTRIAS SUPE S.A.C, por el importe de S/ 9,573.96 (Nueve mil quinientos setenta y tres con 96/100 soles), derivada del Expediente Coactivo N° 467-2024-ANA-OAUEC,al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N°
010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva dela Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada COMPAÑÍA MINERA SAN IGNACIO DE MOROCOCHA S.A.A, por el importe de S/.215,580.60 (DOSCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 60/100 SOLES),derivada del Expediente Coactivo N° 151-2024-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas parala Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada COMPAÑÍA MINERA SAN IGNACIO DE MOROCOCHA S.A.A, por el importe de S/.211,904.47 (DOSCIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS CUATRO CON 47/100 SOLES),derivada del Expediente Coactivo N° 149-2024-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas parala Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada AGRÍCOLA SANTA LUCÍA S.A. por el importe de S/ 2,014.92 (DOS MIL CATORCECON 92/100 SOLES), respecto al Expediente Coactivo N° 144-2024-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANAJ-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
Conceder ampliación de licencia sin goce de remuneraciones el servidor DAVID MORALES NÚÑEZ por el periodo del 03 de abril de 2024 al 03 de enero de 2025.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por el obligado JHON EDUARD GAMERO PÉREZ, por el importe de S/ 3,061.98 (TRES MILSESENTA Y UNO CON 98/100 SOLES), derivada del Expediente Coactivo N° 078-2024-ANAOA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por el obligado EDGAR NICASIO LAZARO COLQUE por el importe de S/ 6,401.70 (SEIS MILCUATROCIENTOS UNO CON 70/100 SOLES), derivada del Expediente Coactivo N° 051-2024-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
RECONOCER el derecho a la devolución de pago indebido, y DISPONER el pago de dinero por el importe de S/. 238.10 soles (Doscientos treinta y ocho 10/100 soles a favor del señor Henderzon Stwart Natividad Quinteros, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por el obligado PABLO HINCHO CAÑARI, por el importe de S/ 11,769.60 (ONCE MIL SETECIENTOSSESENTA Y NUEVE CON 60/100 SOLES), derivada del Expediente Coactivo N° 518-2023-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
Conceder licencia sin goce de remuneraciones por motivos personales al servidor GERMAN SANDOVAL BONILLA, con eficacia anticipada del 06 de marzo de 2024 hasta el término de la designación, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada EMPRESA AGROINDUSTRIAL POMALCA S.A, por el importe de S/. 2´125,912.40 (DOS MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS DOCE CON 40/100 SOLES), derivada del Expediente Coactivo N° 940-2023-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
Conceder licencia sin goce de remuneraciones por motivos personales al servidor GERMAN SANDOVAL BONILLA por el periodo 06 de marzo hasta el término de la designación.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada COOPERATIVA MINERA ESTRELLA DE ORO DE ANANEA LIMITADA, por el importe de S/ 131,875.10 (CIENTO TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 10/100 SOLES), derivada del Expediente Coactivo N° 1326-2023-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015- ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada MARTHA CANTARO FABIÁN, por el importe de S/ 8,963.54 (OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES CON 54/100 SOLES), derivada del Expediente Coactivo N° 1307-2023-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada LADRILLERA SANTA ANGELICA S.R.L, por el importe de S/ 25,187.22 (VEINTICINCO MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE CON 22/100 SOLES), derivada del Expediente Coactivo N° 039-2024-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por el obligado NÉSTOR ARONES CASTRO, por el importe S/ 3,230.04 (TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA CON 04/100 SOLES), derivada del Expediente Coactivo N° 036-2024-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010- 2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada AGRILEZA S.A.C. por el importe de S/ 17,640.18 (DIECISIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA CON 18/100 SOLES), derivada del Expediente Coactivo N° 034-2024-ANA-OAUEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”
RECONOCER el derecho a la devolución de pago indebido, y DISPONER el pago de dinero por el importe de S/. 183.80 soles (Ciento ochenta y tres con 80/100 soles) a favor del señor Ruperto Ipanaqué Zapata, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por el obligado TITO YOVANI SALVADOR VÁSQUEZ por el importe de S/ 4,480.20 (CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON 20/100 SOLES), derivada del Expediente Coactivo N° 086-2024-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada EMPRESA OPERADOR ESPECIALIZADO DE SERVICIOS H2O SALUDABLE PHOQUERA GRANDE - CHICO SANTA ROSA S.A, por el importe de S/ 8,343.12 (OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 12/100 SOLES), derivada del Expediente Coactivo N° 092-2024-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por el obligado NICOLAS CHECYA PAIVA por el importe de S/ 8,782.02 (OCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS CON 02/100 SOLES), derivado del Expediente Coactivo N° 222-2021-ANAOA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la empresa CORPORACION BUSATEX S.A.C, en favor de la obligada DUOTEX S.A, por el importe de S/ 23,356.92 (VEINTITRÉS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 92 /100 SOLES), vinculada al Expediente Coactivo N° 1541-2023-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada P&D ANDINA ALIMENTOS S.A. por el importe de S/11,011.45 (ONCE MIL ONCECON 45/100 SOLES), derivada del Expediente Coactivo N° 1338-2023-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada ANA GUTIERREZ GARRIDO por el importe de S/ 754.08 (SETECIENTOSCINCUENTA Y CUATRO CON 08/100 SOLES), derivada del Expediente Coactivo N° 040-2024-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada COMPAÑÍA MINERA SAN IGNACIO DE MOROCOCHA S.A.A. por el importe de S/111,602.88 (CIENTO ONCE MIL SEISCIENTOS DOS CON 88/100 SOLES), derivada del Expediente Coactivo N° 094-2024-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada HACIENDA EL MONASTERIO SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, por el importe deS/ 27,269.57 (VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 57/100 SOLES),derivada del Expediente Coactivo N° 1112-2022-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas parala Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada AGROINDUSTRIAL LAREDO S.A.A. por el importe de S/. 339,391.68(TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 68/100SOLES), derivada del Expediente Coactivo N° 080-2024-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA“Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por el obligado FREDY ROMAN GUZMAN, por el importe de S/ 3,805.65 (TRES MIL OCHOCIENTOSCINCO CON 65/100 SOLES), derivada del Expediente Coactivo N° 081-2024-ANA-OA-UEC,al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada SERGIA QUISPE DE MACUTELA por el importe de S/8,601.72 (OCHO MILSEISCIENTOS UNO CON 72/100 SOLES), respecto al Expediente Coactivo N° 084-2024-ANAOA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES RICO PEZ S.R.L. por el importe de S/ 11,384.47 (ONCE MILTRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 47/100 SOLES), respecto al Expediente Coactivo N° 083-2024-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por la obligada COMPAÑÍA MINERA MERCEDES DE HUALLANCA S.A.C. por el importe de S/ 38,372.10 (TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS CON 10/100 SOLES), derivada del Expediente Coactivo N° 082-2024-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por el obligado RICARDO HOWER LOPEZ MEDINA por el importe de S/ 10,142.40 (DIEZ MIL CIENTO CUARENTA YDOS CON 40/100 SOLES), recaída en el Expediente Coactivo N° 672-2017-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA“Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
APROBAR la solicitud de fraccionamiento de deuda presentada por el obligado BENJAMIN CABALLERO LAGOMARCINO por el importe de S/ 1,990.80 (UN MILNOVECIENTOS NOVENTA CON 80/100 SOLES), respecto al Expediente Coactivo N° 095-2024-ANA-OA-UEC, al cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva General N° 010-2015-ANA-J-OA “Normas para la Tramitación del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Autoridad Nacional del Agua”.
ACEPTAR la donación del predio de propiedad de la Municipalidad Provincial de Utcubamba, ubicado en la Mz. SL63, Lote 04 C, Sector San Luis, distrito Bagua Grande, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas, con un área de 497.72 m2,que forma parte del predio de mayor extensión inscrito en la Partida Electrónica N°P34005322 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo, efectuada por el
Concejo de la Municipalidad Provincial de Utcubamba, a favor de la Autoridad Nacional del Agua.
APROBAR la donación de una camioneta con placa de rodaje Nº EGC-455, de propiedad de la Autoridad Nacional del Agua, a favor de la Junta de Usuarios Sector Hidráulico Menor Huarmey Culebras Clase B, debidamente inscrita en la Partida Electrónica. Nº 11003088 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Casma, por un valor neto de S/ 1.00 (uno con 00/100 soles), cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente resolución.
CONCEDER licencia sin goce de remuneraciones a la servidora YANET DEJESUS DIOS BENITES, por el periodo del 19 de marzo al 15 de setiembre 2024.
RECTIFICAR con efecto retroactivo al 26 de enero de 2024, la omisión que se presenta en los vistos, el cuarto párrafo de la parte considerativa, y en el Artículo 1°de la parte resolutiva de la Resolución N° 018-2024-ANA-OA de fecha 26 de enero de 2024,en el extremo que consigna como, “Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Huancané” ,siendo lo correcto: Junta de Usuarios de Agua del Sector Hidraúlico Menor Huancané.
APROBAR la donación de dos (02) bienes muebles patrimoniales(compresoras) de propiedad de la Autoridad Nacional del Agua, a favor de la Comisión de Usuarios del Subsector Hidráulico Vicus, por un valor neto total ascendente a la suma de S/ 3,847.99 (tres mil ochocientos cuarenta y siete con 99/100 soles), cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente resolución.
APROBAR la donación de dos (02) bienes muebles patrimoniales(motocicletas) de propiedad de la Autoridad Nacional del Agua, a favor de Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Alto Mayo Clase A, debidamente inscrita en la Partida Electrónica Nº 11000155 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Moyobamba, por un valor neto total ascendente a la suma de S/ 2.00 (dos y 00/100 soles),
cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente resolución.
APROBAR la donación de un (01) bien mueble patrimonial (camioneta)con placa de rodaje Nº EGC-536, de propiedad de la Autoridad Nacional del Agua a favor dela Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Utcubamba - Clase B, debidamente inscrita en la Partida Electrónica N° 02014208 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Bagua, por un valor neto de S/ 12,445.03 (doce mil cuatrocientos cuarenta y cinco y 03/100 soles), cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente resolución.
APROBAR la donación de once (11) bienes muebles patrimoniales de propiedad de la Autoridad Nacional del Agua, a favor de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Medio Apurímac de la Cuenca del Río Colorado Clase C, debidamente inscrita en la Partida Electrónica Nº 11065834 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Abancay, por un valor neto total ascendente a la suma de S/ 3,222.96 (tres mil doscientos veintidós con 96/100 soles), cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente resolución.
APROBAR la baja por la causal de “Falta de Idoneidad del Bien”, de trescientos setenta y uno (371) bienes muebles patrimoniales (Aparatos Eléctricos y Electrónicos - AEE), en merito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, por un valor neto ascendente a la suma de S/ 51,606.93 (cincuenta y un mil seiscientos seis con 93/100 soles); cuyas características se encuentran detalladas en el
Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente resolución.
APROBAR la baja por la causal de “Mantenimiento o Reparación Onerosa”, de tres (03) motocicletas, en merito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, por un valor neto ascendente a la suma de S/ 3.00 (tres y 00/100 soles);cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente resolución.
Reconocer el crédito ascendente a la suma de 19,600.00 (Diecinueve mil seiscientos con 00/100 Soles), correspondiente al primer entregable del contrato N° 011-2023- respectivo abono a favor del señor Fernando Miguel Silva La Rosa.
CONCEDER con eficacia anticipada al 01 de enero hasta el 27 de agosto de 2024, la autorización de la licencia sin goce de remuneraciones a la servidora Carmen Rosa Chuquijajas Galecio.