CUT: 2549-2023
IMPUGNANTE: Guido Berti Guerreros Quispe.
ORGANO: AAA Caplina - Ocoña.
MATERIA: Licencia de uso de agua.
SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.
SUMILLA: Es nula la resolución que deniega la acreditación de disponibilidad hídrica cuando no se pronuncia sobre la subsanación de observaciones presentadas por el administrado.
MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
SENTIDO: Fundado.