R.D. Nro. 086-2025-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, a la Empresa PINAYA TURISMO ECOLOGICO AGUAS CALIENTES Y SERVICIOS MULTIPLES S.A.A., con RUC N°20611087820, con domicilio en el C.P. de PINAYA (Municipalidad del Centro Poblado), Distrito de Santa Lucia, Provincia de Lampa, y Región de Puno, representado por su Gerente General, Ever Gonzales Olarte Mamani, una sanción administrativa pecuniaria de multa por un monto equivalente a CERO PUNTO CINCO (0.5) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT), conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal a) Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Juliaca, dentro del tercer día de efectuado el mismo.

Fecha de Resolución

Jueves, 27 Febrero, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua