SANCIONAR a la empresa Corporación Agrolatina S.A.C. con RUC N° 20176770474, con la imposición de una multa equivalente a CUATRO PUNTO NUEVE (4.9) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por impedir el día 14.11.2023 el ingreso del personal de la Autoridad Nacional del Agua para realizar las acciones de supervisión, control, vigilancia y fiscalización para asegurar el uso sostenible, la conservación y protección de la calidad de los recursos hídricos, al predio que conduce ubicado en el sector Villacurí, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica; al tomar conocimiento el órgano instructor de presunta comisión de infracción en materia de recursos hídricos georeferenciado en el punto de las coordenadas (UTM WGS 84): 413,904 mE – 8’456,644 mN; incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos, tipificada en el numeral 7) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos – Ley N° 29338 “Impedir las inspecciones, actividades de vigilancia y supervisión que realice la autoridad de agua competente directamente (…), concordante con el literal l) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos “Impedir u obstaculizar las inspecciones que disponga la Autoridad Nacional del Agua o el ingreso a cualquier lugar de propiedad pública o privada, a quienes ejercen autoridad en materia de aguas en el cumplimiento de sus funciones”, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, con el agravante haber impedido nuevamente las acciones de fiscalización efectuadas el día 14.02.2024 por la Autoridad Nacional del Agua, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.